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¿CUÁNTO SE PAGA DE INGRESOS BRUTOS EN CABA?

Si estás pensando en poner un negocio en Capital Federal es altamente probable que te preguntes “¿cuánto se paga de Ingresos Brutos en CABA?”. Dicho interrogante tiene sentido si se tiene en cuenta que el peso de Ingresos Brutos en los ingresos de los comerciantes es bastante alto.

Dicho tributo es uno de los más controvertidos, ya que alcanza todas las operaciones sin distinguir la ganancia de cada ente, por lo que recae con más peso en los contribuyentes con menor capacidad contributiva.

¿Cuánto es la alícuota de Ingresos Brutos en CABA?

La alícuota  general de Ingresos Brutos en CABA es del 3% sobre el monto bruto de las operaciones realizadas. Es decir, no distingue costos ni ganancias, sino que grava la totalidad de la operación. En el caso de los monotributistas que no facturan montos significativamente altos y realizan actividades de forma exclusiva en CABA pueden acudir al Régimen Simplificado.

Este permite abonar, de forma conjunta, un monto en concepto del monotributo y otro de Ingresos Brutos. El valor a pagar dependerá de la categoría en la que te encuentres y se abona de forma bimestral.

Entre las ventajas se encuentran una menor carga impositiva, ya que el monto fijo no suele ser especialmente alto, la disminución de costos, ya que no es necesario pagarle a un contador para hacer la declaración jurada mensual, entre otros.

En cuanto a su principal desventaja nos encontramos que solo aplica a monotributistas y los montos que se pueden facturar no son altos.

¿Cuánto se paga de ingresos brutos en CABA 2023?

El porcentaje a pagar es muy variable, aunque en el caso de CABA la alícuota general es del 3% del monto facturado. Por ejemplo, si facturaste $100.000, te corresponderá abonar $3.000 en concepto de Ingresos Brutos.

Sin embargo, al tratarse de un tributo sumamente complejo, lo aconsejable es acudir con un contador público que realice, de forma mensual, la declaración jurada y te genere el correspondiente VEP de pago. Además, el banco suele ser un Agente de Recaudación, por lo que te retendrá, en función de tu comportamiento, un porcentaje de tus ingresos en el momento.

Dicho porcentaje suele estar en torno al 2%, aunque este puede ser superior o inferior. En estos casos, el contador toma dichos pagos a “cuenta” del Impuesto. Es decir, tomando nuevamente el ejemplo de los $100.000, si al momento de ingresar ese dinero (sin importar si fue un solo pago de $100.000 o varios pagos que alcanzaron esa cifra) te retuvieron el 2% ($2.000), solo te restaría pagar $1.000.

¿Cómo se calcula el pago de ingresos brutos?

Para calcular el pago de Ingresos Brutos se toman en cuenta casi todas las operaciones realizadas y facturadas en el mes calendario. A dicho monto se le aplica una alícuota que suele variar según el tipo de actividad desarrollada, aunque, por lo general, suele ser el 3%.

A dicho monto se le deben descontar las retenciones sufridas en el mes que suele rondar el 2%. Por otra parte, en el caso de desarrollar tu actividad en dos o más regiones, deberás inscribirte en el Convenio Multilateral.

¿Cómo se calcula la base imponible de Ingresos Brutos CABA?

Para calcular la base imponible, simplemente se deben tomar todas las facturaciones realizadas y alcanzadas por el tributo (casi todas las operaciones) y aplicar el coeficiente correspondiente que, por lo general, es del 3%.

A dicho número se le descuenta las retenciones sufridas en el mismo período. Esta suele ser en torno al 2% y lo retiene el banco al momento de recibir la transferencia. En cuanto a las actividades exentas, AGIP destaca las siguientes:

  • Los ingresos provenientes de las operaciones realizadas por las entidades sin fines de lucro (fundaciones, asociaciones, etc. Inc. 22)
  • Los ingresos de procesos industriales, en tanto estos ingresos no superen el importe anual que establezca la Ley Tarifaria (Inc. 23)
  • Los ingresos provenientes de la primera enajenación de inmuebles destinados a viviendas unifamiliares y/o multifamiliares no superiores a la categoría “C” (Inc. 24)
  • Los ingresos provenientes de las construcciones correspondientes a planes sociales de vivienda, cualquiera sea la categoría de los inmuebles, siempre que estén destinados a viviendas unifamiliares y/o multifamiliares (Inc. 25)

Además, en CABA los profesionales se encuentran exentos de abonar Ingresos Brutos. Para ello deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener un título universitario. Además, la duración de la carrera debe tener una duración mínima de 4 años, contándose el CBC (en el caso de la UBA) como un año
  • No estar organizado en forma de empresa
  • Estar matriculado para los casos en que esta sea condición para la práctica profesional, como es el caso de los abogados

Fuente: Iprofesional