La AFIP extiende el período de prueba para algunos empleadores.
La AFIP otorga por segunda vez la posibilidad de extender el período de prueba, por 30 días, para aquellos empleadores que se encontraban obligados originalmente a utilizar el servicio web «Libro de Sueldos Digital» a partir del devengado de noviembre 2022.
En consecuencia, a partir del devengado de enero 2023, estarán obligados a utilizar el sistema web de AFIP “Libro de Sueldos Digital” para la generación del Formulario 931 de Cargas Sociales.
Además, recordamos que en diciembre la AFIP estuvo notificando a algunos empleadores que, a partir del devengado de enero 2023, estarían obligados a utilizar el sistema web de AFIP “Libro de Sueldos Digital” para la generación del Formulario 931 de Cargas Sociales; y a partir de la notificación, el empleador podía habilitar con clave fiscal el servicio LSD, por un período de prueba hasta el 20/01/2023.
Durante el mencionado período se deben realizar la parametrización de conceptos y subir liquidaciones de pruebas, a fin de completar la implementación del sistema.
¿Cómo declarar en el LSD la asignación no remunerativa para trabajadores privados?
La AFIP incorporó el Código 560.005 y el Concepto: «ASIGN. NO REMUNERATIVA DEC 841/2022», para poder declarar en el servicio de Libro de Sueldos Digital, la asignación no remunerativa para trabajadores del sector privado.
En tal sentido, AFIP publicó la guía temática 41 que detalla cómo hacerlo y aclara que el concepto de liquidación que se refleja en el recibo del trabajador se debe asociar al concepto «ASIGN. NO REMUNERATIVA DEC 841/2022».
Además, en la guía temática 41 se explica que en el caso que el empleador hubiese aceptado una liquidación incluyendo el pago de la suma no remunerativa asociado a un concepto AFIP distinto al “560.005 – ASIGN. NO REMUNERATIVA DEC 841/2022”, deberá realizar el ajuste correspondiente para que el concepto quede correctamente reflejado.
¿Qué es el Libro de Sueldos Digital?
El Libro de Sueldos Digital es una herramienta informática que permite a los empleadores cumplir con distintas obligaciones en un único trámite para generar el Libro de Sueldos y Jornales, -Hojas Móviles-, y la declaración jurada mensual a través del formulario F.931.
Obligación de implementar el Libro de Sueldos Digital
La AFIP notifica a los empleadores que deben utilizar el servicio en forma obligatoria a través del Domicilio Fiscal Electrónico.