Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono.
Restablecimiento del Régimen de Incentivos al Abastecimiento Interno de Combustibles – Decreto Nº 329/2022
Restablecen el Régimen de Incentivos al Abastecimiento Interno de Combustibles (RIAIC), creado por el Decreto N° 329/2022 con las adecuaciones determinadas en la presente medida. Podrán adherir las empresas refinadoras y/o refinadoras integradas y las Pequeñas Refinerías de Regiones Afectadas –PReRA y solicitar un monto equivalente a la suma que deban pagar del Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, por las importaciones de gasoil y naftas, con los límites que se por la presente se establecen. Tratándose de refinadoras integradas, se adicionará un monto equivalente al que resulte de multiplicar la suma de los importes fijos de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono aplicables al gasoil y/o las naftas, por el 150%.
Lo dispuesto en el presente decreto resultará de aplicación para todas aquellas solicitudes que se efectúen dentro del plazo que establezca la Autoridad de Aplicación y por las operaciones de importación de gasoil y/o naftas grado 2 o grado 3 y para aquellas correspondientes a transferencias de crudo a PReRA, efectuadas en el período comprendido entre el 1° de enero de 2023 y el 28 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive, pudiendo la Autoridad de Aplicación prorrogar este último plazo 2 meses más.
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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – COMBUSTIBLES – Decreto 86/2023