Comercio exterior. Lineamientos para el seguimiento de operaciones, pautas operativas y notas aclaratorias del Programa de Incremento Exportador – Decreto Nº 576/2022
Los exportadores que hayan adherido al PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR restablecido por el Decreto N° 194/2023, y que cuenten con DJVE, de los productos alcanzados por el citado decreto, vigentes dentro del régimen creado por la Ley N° 21.453 y su similar aclaratoria N° 26.351, y con vencimiento del período de embarque declarado, más la prórroga automática, durante los 60 días posteriores al 11/04/2023, podrán solicitar una prórroga extraordinaria del periodo de embarque de 60 días corridos, por razones logísticas y/o comerciales. La SAGYP realizará el seguimiento de las operaciones de compraventa de grano en relación a la registración de las DJVE conforme los lineamientos y pautas operativas y aclaratorias para el funcionamiento del citado Programa detalladas en el Anexo.
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