Pautas para acreditar la integración del capital social en Provincia de Buenos Aires.
Se restablece el mecanismo por medio del cual se puede acreditar la integración del 25% del capital social y del 100% para el caso de sociedades anónimas unipersonales, en forma alternativa a la presentación del comprobante de depósito en un banco oficial.
En este sentido, en los casos de constitución por Escritura Pública, se podrá acreditar dejando constancia en dicho acto que los socios hacen entrega de los fondos a los administradores nombrados en el acto constitutivo y en el caso de instrumento privado, mediante acta notarial donde se deje constancia de la misma circunstancia.