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Fallo de Cámara en Entre Ríos: Hace lugar a la repetición de la `tasa comercial´ por falta de prestación del servicio

El 17 de abril de 2024, la Cámara en lo Contencioso Administrativo N°2 de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, emitió un fallo relevante. En este caso, anuló las resoluciones de la Municipalidad de Concordia que rechazaron la repetición de lo pagado en concepto de “tasa comercial” debido a la falta de acreditación de la efectiva prestación del servicio

La decisión de la Cámara establece que los contribuyentes tienen derecho a solicitar la repetición de la tasa comercial si no se ha demostrado que el servicio correspondiente se prestó efectivamente. Esto podría sentar un precedente importante para otros casos similares en los que se cuestione la prestación de servicios municipales. Además, la Cámara dispuso que la diferencia entre lo pagado y el servicio no prestado quede a crédito del contribuyente.

Asimismo en sus fundamentos, el fallo reafirma la doctrina sentada por la CSJN: para que exista obligación tributaria de abonar estas tasas municipales, debe probarse la efectiva prestación de un servicio individualizado en cabeza del contribuyente, y la carga de la prueba recae sobre el municipio.