Se reglamenta el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (RIMICABA), creado por la Ley Nº 6.950. Se establecen las condiciones para acceder a los beneficios de Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos e Inmobiliario y ABL, así como el procedimiento de inscripción mediante TAD, acreditación de las inversiones y asignación del cupo fiscal. La inscripción se perfeccionará con el acto administrativo que apruebe la incorporación al Régimen, fecha a partir de la cual comenzará el plazo de vigencia de los beneficios. En Ingresos Brutos, el beneficio reconocido como pago a cuenta que no pueda utilizarse íntegramente podrá computarse en los anticipos siguientes hasta su agotamiento o el 31/12/2028, lo que ocurra primero.
