Megareforma de 240 artículos para transformar el crédito, el mercado de capitales y las garantías
El Poder Ejecutivo giró a Diputados un ambicioso proyecto de ley que modifica más de una decena de normas y crea un nuevo sistema federal de garantías. La iniciativa habilita la tokenización de activos, incorpora activos digitales como garantías, moderniza pagarés, cheques y warrants, flexibiliza el mercado de capitales, reforma fideicomisos y fondos comunes de inversión, y busca ampliar el acceso al financiamiento para empresas y productores.
El Poder Ejecutivo envió al Congreso el proyecto de Ley de Competitividad Financiera, una de las iniciativas económicas más extensas de la actual gestión. Se trata de una reforma integral que abarca 240 artículos, modifica más de veinte leyes y decretos, crea nuevas herramientas financieras y reestructura buena parte de la arquitectura legal vinculada al crédito, las garantías y el mercado de capitales.
La propuesta, firmada por el presidente Javier Milei y los ministros Luis Caputo, Federico Sturzenegger, Alejandra Monteoliva y el jefe de Gabinete Diego Santilli, tiene cuatro giros en la Cámara de Diputados: Legislación General, Pequeñas y Medianas Empresas, Finanzas y Presupuesto y Hacienda.
Según el mensaje de elevación, el objetivo es “eliminar restricciones injustificadas que obstaculizan el acceso y el ejercicio de actividades económicas y profesionales, promover la libre competencia y el funcionamiento eficiente de los mercados y profundizar el fortalecimiento de la seguridad jurídica y la libertad económica”.
Desde el Gobierno sostienen que la reforma busca reducir costos de transacción, ampliar la disponibilidad de crédito, facilitar la inversión productiva y adaptar el sistema jurídico argentino a la economía digital.
La digitalización llega a los títulos valores
Uno de los primeros capítulos moderniza el régimen de títulos valores del Código Civil y Comercial.
El proyecto al que accedió parlamentario.com incorpora el principio de “neutralidad tecnológica”, estableciendo que los derechos podrán instrumentarse tanto en soportes materiales como inmateriales. De esa manera, se otorga reconocimiento expreso a los activos digitales y a los registros distribuidos como soporte válido para títulos de crédito.
El texto también admite la transferencia digital de títulos al portador y habilita el uso de tecnologías de registro distribuido, incluyendo blockchain, para la llevanza de registros y certificaciones.
“El Estado deja de imponer un método técnico único y pasa a exigir estándares de seguridad, permitiendo que la innovación privada, como la tokenización de activos, goce de plena protección legal”, señala el mensaje oficial.
Pagarés indexados y pagaderos en granos
Entre los cambios más relevantes figura la reforma del régimen de letras de cambio y pagarés.
La iniciativa permite que estos instrumentos incorporen cláusulas de actualización basadas en índices objetivos o unidades de valor, eliminando la actual exigencia de una suma fija e inmutable.
Además, introduce la posibilidad de emitir pagarés cuyo cumplimiento no sea en dinero sino mediante la entrega de bienes fungibles, como granos, minerales u otros productos, siempre que se especifique cantidad, calidad y fecha de entrega.
El Ejecutivo cita expresamente la experiencia brasileña con la Cédula de Producto Rural (CPR), que permitió el desarrollo de un gigantesco mercado de financiamiento agrícola.
También se establece que estas cláusulas de actualización no afectarán la ejecutividad del documento, facilitando su cobro judicial.
Cheques, plazos fijos y cupones de tarjeta convertidos en instrumentos financieros
El proyecto amplía las posibilidades de negociación bursátil de distintos instrumentos.
En el caso de los cheques y cheques de pago diferido, se actualizan las normas para que puedan operar a través de nuevos agentes autorizados por la Comisión Nacional de Valores.
A su vez, se habilita la negociación secundaria de certificados de plazo fijo de largo plazo, permitiendo a los inversores recuperar liquidez sin romper anticipadamente la colocación.
Otro cambio novedoso alcanza a las tarjetas de crédito. El proyecto obliga a los emisores a crear títulos valores electrónicos sobre las ventas realizadas con tarjeta, transformando esos créditos futuros de los comercios en activos negociables.
El Ejecutivo sostiene que esto permitirá que los comercios accedan a financiamiento más barato y reduzcan su dependencia de los mecanismos de descuento actualmente disponibles.
Activos digitales, software y acciones como garantía
Uno de los capítulos más extensos reforma integralmente la prenda con registro.
La iniciativa incorpora como bienes prendables los activos virtuales, derechos de propiedad intelectual, software, acciones, cuotas sociales, participaciones en fondos comunes de inversión y créditos futuros.
También elimina restricciones históricas, como la obligación de contar con autorización del acreedor original para constituir nuevas prendas sobre un mismo bien.
El texto permite además la llamada “prenda flotante” sobre inventarios, créditos, cobranzas futuras, cuentas bancarias e incluso flujos de fondos futuros.
En materia de ejecución, la propuesta habilita mecanismos específicos para activos virtuales y software, autorizando órdenes judiciales de inmovilización o transferencia sobre billeteras digitales, exchanges y plataformas tecnológicas.
Nace el Sistema Federal de Registro de Garantías
La piedra angular de la reforma es la creación del Sistema Federal de Registro de Garantías.
Se trata de una red nacional interoperable donde se inscribirán prendas y otros gravámenes, reemplazando buena parte del esquema territorial actual.
El sistema será supervisado por el Banco Central y podrá operar mediante entidades registradoras públicas o privadas.
Según el proyecto, la prioridad de las garantías quedará determinada por fecha, hora, minuto y segundo de inscripción, en una base de datos única con alcance nacional.
Reforma profunda del mercado de capitales
Otro de los grandes capítulos modifica la Ley de Mercado de Capitales. El proyecto incorpora de manera explícita la representación digital de valores negociables, reconoce jurídicamente la tokenización de activos financieros y habilita su negociación mediante tecnologías de registros distribuidos.
También suma formalmente a los activos virtuales dentro del universo regulado por la Comisión Nacional de Valores y le otorga competencias expresas para supervisar proveedores de servicios de activos virtuales.
A la vez, flexibiliza numerosos requisitos para PyMEs, simplifica autorizaciones de oferta pública y amplía las facultades de los mercados y cámaras compensadoras.
El mensaje oficial justifica estos cambios señalando el deterioro del mercado de capitales argentino frente a la región. En ese apartado incluye gráficos comparativos sobre empresas listadas, capitalización bursátil y volumen negociado.
Fondos comunes de inversión y criptomonedas
La iniciativa también modifica la Ley de Fondos Comunes de Inversión.
Entre otros puntos, permite que las cuotapartes se representen digitalmente y habilita expresamente que los fondos, abiertos o cerrados, puedan invertir en activos virtuales conforme la reglamentación de la CNV.
Para el Gobierno, la falta de una habilitación legal específica había impedido que los ahorristas accedieran a estas inversiones mediante vehículos regulados.
El mensaje incorpora estadísticas de la industria de fondos y compara el desarrollo argentino con otros mercados de la región.
Fideicomisos, financiamiento colectivo y obligaciones negociables
El proyecto moderniza además los fideicomisos financieros, permitiendo la representación digital de certificados y títulos de deuda y limitando la obligatoriedad de registros sólo a los casos en los que la naturaleza del bien lo exija.
A su vez, reforma el régimen de financiamiento colectivo. Sustituye la figura de las plataformas por un esquema de Agentes de Financiamiento Colectivo, habilita instrumentos de deuda y elimina restricciones que, según el Gobierno, impidieron el desarrollo del mercado.
La iniciativa también flexibiliza las emisiones de obligaciones negociables, facilita la constitución de garantías y admite la tokenización de deuda corporativa.
Factura electrónica, PyMEs y financiamiento productivo
Uno de los objetivos declarados es fortalecer el financiamiento para pequeñas y medianas empresas.
Para ello se reforma el régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyME, ampliando los plazos de aceptación tácita de 15 a 21 días y evitando que defectos formales, como cuestiones vinculadas al remito, impidan su ejecución.
Además, se permite la negociación electrónica de cheques, pagarés, warrants y otros instrumentos mediante plataformas habilitadas sin necesidad de intermediación obligatoria de agentes registrados.
El mensaje oficial acompaña ese diagnóstico con datos sobre las dificultades de la factura electrónica para ganar participación frente a los pagarés y cheques diferidos.
Cambios tributarios y eliminación de beneficios para los CEDEAR
El proyecto también introduce modificaciones fiscales.
Entre ellas, elimina beneficios tributarios para determinados certificados representativos de activos del exterior adquiridos desde el 31 de octubre de 2026, buscando evitar lo que el Gobierno considera arbitrajes impositivos a favor de inversiones extranjeras.
Asimismo, flexibiliza beneficios para fideicomisos y fondos destinados al financiamiento inmobiliario y al crédito hipotecario.
Derogaciones y transferencia de competencias
La iniciativa deroga la legislación vigente sobre sociedades de capitalización y ahorro, entendiendo que la protección de los usuarios ya está garantizada por el Código Civil y Comercial y la Ley de Defensa del Consumidor.
También transfiere al Banco Central las funciones de autoridad de aplicación en materia de Sociedades de Garantía Recíproca y Factura de Crédito Electrónica MiPyME.
En materia de derogaciones, deja sin efecto las leyes de Prenda Agraria, Sociedades Emisoras y otras normas que el Gobierno considera absorbidas por el nuevo esquema regulatorio.
Con este proyecto, que según el texto enviado al Congreso busca “transformar capital muerto en garantías vivas”, el Ejecutivo apuesta a una profunda reconfiguración del sistema financiero argentino, incorporando instrumentos digitales y nuevas formas de financiamiento con la intención declarada de ampliar el crédito y reducir los costos de acceso al mercado de capitales.
Fuente: El Parlamentario
