Incorporación obligatoria de nuevos regímenes de retención y percepción al sistema SIRE desde abril de 2027

Se modifican las R.G. (AFIP) Nº 3726/2015 y 4523/2019 para establecer la utilización obligatoria del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) desde el 01/04/2027 para 18 regímenes de retención y 3 de percepción del IVA, entre ellos los vinculados con honorarios profesionales, monotributistas, actividades agropecuarias, minería y comprobantes clase “A”.

Los agentes alcanzados podrán optar por utilizar SIRE desde el 01/12/2026, de manera irrevocable y para todos los regímenes comprendidos en los que actúen. Deberán registrar el alta de los códigos correspondientes en “SIRE-IVA” mediante el Sistema Registral y solicitar la baja de los códigos SICORE. Las declaraciones de períodos anteriores continuarán efectuándose mediante SICORE. Aplicación obligatoria: 01/04/2027.