Recurso de apelación frente a la denegatoria de repetición

En la causa: ASOCIACIÓN MUTUAL PERSONAL SANCOR – Cám. Nac. Cont. Adm. Fed. – Sala I de fecha 26/12/2023, se confirma el recurso de apelación frente a la denegatoria de repetición: El TFN hizo lugar a la apelación frente a la denegatoria de repetición y ordenó la devolución a la mutual de los montos pagados en concepto de IVA.
La Cámara confirmó lo decidido. Destacó que la finalidad de las asociaciones mutuales es netamente social y no lucrativa, asentada sobre los principios de solidaridad y de ayuda mutua. No corresponde que la asociación mutual demuestre que no trasladó el IVA en los términos previstos en el artículo 81 -último párrafo- de la ley 11683, pues teniendo en cuenta la figura legal de que se trata resulta que aquella soportó ese impuesto junto con los asociados que conforman esa organización solidaria. En razón de la naturaleza del sujeto que promovió las actuaciones el empobrecimiento cabe razonablemente inferirlo del solo hecho del pago.

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Fallo Sancor