¿Qué alícuota corresponde aplicar en la reventa de un bien de capital cuyo crédito fiscal original fue del 10,5 %?
Si el bien, ya sea nuevo o usado, se encuentra incluido en las planillas anexas de los incisos e) o f) del artículo 28 de la Ley de IVA, la operación estará alcanzada por la alícuota reducida del 10,5 %. Caso contrario, la alícuota será del 21%.