Resolución General 1096/2025

FCI ABIERTOS DE MERCADO DE DINERO CLÁSICOS. Modificaciones

La Comisión Nacional de Valores, a través de la Resolución General 1096/2025, modifica las Normas (N.T. 2013 y mod.) respecto de los Fondos Comunes de Inversión de Mercado de Dinero Clásicos.

La norma establece que estos fondos podrán invertir hasta un 50% del patrimonio neto en plazos fijos no precancelables y hasta un 50% en plazos fijos precancelables en período de precancelación, con un tope conjunto del 70%. Asimismo, fija límites para los activos valuados a devengamiento, estableciendo un máximo del 50% para su total.

 

DISPOSICIONES PRELIMINARES. Incorporan definiciones generales

La Comisión Nacional de Valores, por medio de la Resolución General 1097/2025, modifica las Normas (N.T. 2013 y mod.) sustituyendo íntegramente el Título I “Disposiciones Preliminares”.

La norma incorpora criterios generales de interpretación y añade un glosario de términos y siglas utilizados en el Texto Ordenado, incluyendo la definición de “Inversor Calificado”. Además, deroga la Sección I del Capítulo I del Título XVI y reenumera las secciones restantes de dicho capítulo.