La Ley 27.826 de Inocencia Fiscal II, incorporó reducciones en las multas previstas en la Ley de Procedimiento Fiscal para determinados contribuyentes, cuyos montos habían sido actualizados por la Ley 27.799.
Con el fin de facilitar la interpretación de este régimen, elaboramos un cuadro comparativo que permite visualizar los porcentajes de reducción aplicables según el tipo de infracción y la situación particular del contribuyente.
Cuadro resumen de la reducción
Concepto | Reducción del 50% | Reducción del 25% |
Sujetos alcanzados | Micro, pequeñas y medianas empresas; personas humanas; sucesiones indivisas; y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales | |
Infracciones alcanzadas de la Ley 11.683 | Multas de los arts. 38, 39 y artículos sin número incorporados a continuación de ellos | |
Período comprendido | Desde el 2/01/2026 al 8/10/2026 | A partir del 9/10/2026 |
Con el fin de facilitar la interpretación de este régimen, elaboramos un cuadro comparativo que permite visualizar de manera sencilla los porcentajes de reducción aplicables según el tipo de infracción y la situación particular del contribuyente.
Infracción s/L. 11.683 | Reducción de sanciones | ||||
Desde el 2/01/2026 | A partir del 9/10/2026 (2) | ||||
Artículo 38 | |||||
Omisión de presentar declaraciones juradas determinativas | |||||
Personas humanas | $110.000 | $55.000 | |||
Sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase constituidas en el país o de establecimientos organizados en forma de empresas estables -de cualquier naturaleza u objeto- pertenecientes a personas de existencia física o ideal domiciliadas, constituidas o radicadas en el exterior | $220.000 | $110.000 | |||
Artículo 38. 1 | |||||
Omisión de presentar las declaraciones juradas informativas | |||||
– Por regímenes de información propia del contribuyente o responsable, o de terceros | |||||
Personas humanas | $2.500.000 | $1.250.000 | |||
Sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase constituidas en el país o de establecimientos organizados en forma de empresas estables -de cualquier naturaleza u objeto- pertenecientes a personas de existencia física o ideal domiciliadas, constituidas o radicadas en el exterior | $5.000.000 | $2.500.000 | |||
– Operaciones de importación y exportación entre partes independientes | |||||
Personas humanas | $750.000 | $375.000 | |||
Sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase constituidas en el país o de establecimientos organizados en forma de empresas estables -de cualquier naturaleza u objeto- pertenecientes a personas de existencia física o ideal domiciliadas, constituidas o radicadas en el exterior | $5.000.000 | $2.500.000 | |||
– Estudio de Precios de Transferencia | |||||
Personas humanas | $5.500.000 | $2.750.000 | |||
Sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase constituidas en el país o de establecimientos organizados en forma de empresas estables -de cualquier naturaleza u objeto- pertenecientes a personas de existencia física o ideal domiciliadas, constituidas o radicadas en el exterior | $11.000.000 | $5.500.000 | |||
Artículo 39 | |||||
Incumplimiento a los deberes formales, a verificar y fiscalizar el cumplimiento que de ella hagan los responsables | |||||
Desde | Hasta | Desde | Hasta | ||
No especificado | $1.250.000 | $1.250.000 | $37.500 | $625.000 | |
Infracciones a las normas referidas al domicilio fiscal | $17.500.000 | $17.500.000 | $ 37.500 | $8.750.000 | |
Resistencia a la fiscalización, por parte del contribuyente o responsable | $17.500.000 | $17.500.000 | $37.500 | $8.750.000 | |
Omisión de proporcionar datos requeridos por ARCA | $17.500.000 | $7.500.000 | $37.500 | $8.750.000 | |
Falta de conservación de los comprobantes y elementos justificativos de los precios pactados en operaciones internacionales. | $17.500.000 | $17.500.000 | $37.500 | $8.750.000 | |
Artículo 39.1 | |||||
Incumplimiento a los requerimientos a presentar las declaraciones juradas informativas | |||||
Desde | Hasta | Desde | Hasta | ||
– Incumplimiento a los requerimientos a presentar las declaraciones juradas informativas, y las de regímenes de información propia del contribuyente o responsable, o de información de terceros | $17.500.000 | $17.500.000 | $125.000 | $8.750.000 | |
Contribuyentes o responsables, que incumplan el tercero de los requerimientos, cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a la suma de: | $10.000.000.000: | $10.000.000.000: | |||
Desde | Hasta | Desde | Hasta | ||
$175.000.000 | $175.000.000 | $17.500.000 | $87.500.000 | ||
Artículo 39.2 | |||||
Operaciones internacionales | |||||
Desde | Hasta | Desde | Hasta | ||
Omisión de informar la pertenencia a uno o más grupos de Entidades Multinacionales, cuyos ingresos anuales consolidados sean iguales o superiores a los parámetros que regule el Fisco; y de informar los datos identificatorios de la última entidad controlante del o los grupos multinacionales a los que pertenece. | $7.500.000 | $7.500.000 | $1.500.000 | $3.750.000 | |
Omisión de informar la pertenencia a uno o más grupos de Entidades Multinacionales, con ingresos inferiores a tales parámetros y los datos de su última entidad controlante | $2.625.000 | $2.625.000 | $281.250 | $1.312.500 | |
Omisión de informar los datos identificatorios del sujeto informante designado para la presentación del Informe País por País | $7.500.000 | $7.500.000 | $1.500.000 | $3.750.000 | |
Omisión de informar la presentación del Informe País por País | $7.500.000 | $7.500.000 | $1.500.000 | $3.750.000 | |
Omisión de presentar el Informe País por País, o su presentación extemporánea, parcial, incompleta o con errores o inconsistencias graves | $33.750.000 | $33.750.000 | $11.250.000 | $16.875.000 | |
Incumplimiento, total o parcial, a los requerimientos del Fisco, de información complementaria a la declaración jurada informativa del Informe País por País | $11.250.000 | $11.250.000 | $ 3.375.000 | $5.625.000 | |
Incumplimiento a los requerimientos dispuestos por el Fisco a cumplimentar los deberes formales por la información de la pertenencia a entidades Multinacionales y del Informe País por País | $7.500.000 | $3.750.000 | |||
(1) Desde el 2/01/2026 hasta el 8/10/2026 (artículo 17 de la Ley 27.826)
Se reduce en un 50% el importe de las multas por infracciones, cometidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley 27.799, que no se encuentren firmes o que, encontrándose firmes, no hayan sido canceladas, correspondientes a obligaciones vencidas a partir de la vigencia de dicha ley, y aplicadas a contribuyentes que califiquen como micro, pequeña o mediana, o a personas humanas, sucesiones indivisas o entidades sin fines de lucro que no revistan la condición de Grandes Contribuyentes Nacionales.
(2) Reducción de sanción del 25% (artículo 49 bis de la Ley 11.693, texto incorporado por la Ley 27.826):
Los importes de las multas se reducirán de pleno derecho en un 25%, para micro, pequeña o mediana empresa, o se trate de una persona humana, sucesión indivisa o entidad sin fines de lucro que no califiquen como Grandes Contribuyentes Nacionales.
Fuente: TRIVIA b y CPCECABA
