Denegatoria de reintegro de créditos fiscales de exportación. Competencia del tribunal fiscal de la Nación

CAUSA: Alimentos Tancacha SA c/DGI

TRIBUNAL: CNCAF – Sala IV

FECHA: 09-03-2023

El contribuyente solicita el reintegro de créditos fiscales vinculados a exportaciones en el marco de la RG (AFIP) 2000/2006. El Fisco detrae una porción del monto total de impuesto solicitado por corresponder a proveedores incluidos en la base de contribuyentes no confiables.

La sociedad apela la decisión ante el Tribunal Fiscal de la Nación, quien se declara incompetente.

Para así decidir, indica que las resoluciones que se apelen ante su instancia, deben reunir una serie de condiciones, las que no se configuran en el caso: “(i) contener una intimación a pagar una suma de dinero que no surja de una autodeterminación del sujeto pasivo de la relación jurídica principal; (ii) que el acto haya sido dictado por un Juez administrativo previa verificación de los hechos ocurridos y mediante la aplicación de las disposiciones jurídicas correspondientes como pautas legales de valoración; (iii) que el ajuste sea conceptual; y (iv) que afecte a operaciones que hacen a la base imponible del gravamen en cuestión”.

  La Cámara confirma la decisión, afirmando que la reforma de la ley 11683 a través de la ley 27430 excluyó de la competencia del Tribunal Fiscal, en el apartado 5 del artículo 76, a los recursos contra actos mediante los que se “intime la devolución de reintegros efectuados en concepto de impuesto al valor agregado por operaciones de exportación”.

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Tancacha Alimentos – CNCAF